Tramitación de Bajas de Vehículos
No deje que su vehículo se convierta en un problema… Autodesguaces Bencazón queremos hacerle la vida más fácil.
Gestionamos la baja de su vehículo sin costes ni desplazamientos para Ud.
Dar de baja su vehículo en Autodesguaces Benacazón es saber que cuenta con las mayores garantías y que todos los tramites que haga para dar de baja su vehículo se ajustan a la legislación vigente.
De forma rápida y sencilla, comprobamos si es posible dar de baja su vehículo.
Rapidez en darle la solución que Ud. necesita:
Avísenos si ha perdido la documentación, si el coche es de empresa o si el titular del vehículo ha fallecido.
NOTA: LEGISLACIÓN
Información legal para tramitar la baja de un vehículo en Sevilla. Descárguese los impresos.
Tramitación de bajas
A partir de la publicación, el 12 de Febrero de 2004, de la Orden Ministerial 249/2004, para tramitar la baja de un vehículo es indispensable presentar el certificado de destrucción como el que emite autodesguaces Benacazón cerca de Sanlucar la mayor.
A partir de la publicación, el 12 de Febrero de 2004, de la Orden Ministerial 249/2004, para tramitar la baja de un vehículo es indispensable presentar el certificado de destrucción como el que emite autodesguaces Benacazón cerca de Sanlucar la mayor.
Para tramitar la baja definitiva de un vehículo es necesario entregarlo en un Centro Autorizado de Tratamiento, nuestro autodesguace en Sevilla en este caso junto con la siguiente documentación:
- La tarjeta de inspección técnica.
- El permiso de circulación.
- Fotocopia del DNI.
Si la baja definitiva del vehículo se realiza en un Centro Autorizado de Tratamiento como nuestro desguace en Sevilla, deberá abonarse en éste la tasa por anotación de la baja en el Registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico.
En determinadas circunstancias especiales, las bajas deben tramitarse en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Concretamente, en los siguientes casos:
- Cuando el vehículo no exista por cualquier motivo.
- Cuando el titular del vehículo haya fallecido, sea una persona jurídica, menor de edad o incapacitado, o éste no sea la persona que solicite la baja definitiva, ni haya autorizado a alguien para ello. En este caso, la documentación del vehículo debe ir acompañada de un certificado de destrucción emitido por un centro autorizado.
Por otro lado, cuando el titular quiera beneficiarse de la deducción del Plan Prever, la tramitación de la baja podrá realizarse en un centro autorizado de tratamiento o bien en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, acompañando a la documentación del vehículo de un certificado de destrucción emitido por un centro autorizado.